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Última actualización 20/02/2011@20:21:14 GMT+1
Por primera vez, se ha dictado sentencia condenatoria contra un cazador por el uso del parany, método de caza prohibido por la legislación de la Unión Europea por su carácter masivo y no selectivo.
Informa el diario Levante-EMV que el juzgado de lo penal número 1 de Castellón ha impuesto al procesado una multa de más de setecientos euros por usar un parany en octubre de 2009, en el término municipal de Cabanes (Castellón), sin autorización administrativa. Se da la circunstancia agravante de que se le requisó un búho chico capturado con este método.

Por su parte, la Generalitat Valenciana ha enviado a la fiscalía unas 140 denuncias por el uso de parany durante la pasada temporada cinegética. Tres ONG –Gecen, GER-Ecologistes en Acció y Acció Ecologista-Agró– emitieron un comunicado el pasado 1 de febrero en el que consideran “escasísimas” estas denuncias, que corresponden a menos del 6% de los paranys activos.

Esta modalidad cinegética tradicional, que se practica en las provincias de Valencia, Castellón y Tarragona, ha sido objeto de tres sentencias en contra: del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, del Tribunal de Luxemburgo y del Tribunal Supremo (ver Quercus 286, págs. 62 y 63).
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